martes, mayo 24

No a la discriminación facial


Cuando aún arde el fuego de la polémica Ley Orgánica contra la Discriminación Racial, es imprescindible la apertura de un debate sobre ese sector de la sociedad que, pese a ser mayoría, es víctima de un menosprecio equivalente al que sufre la minoría más vulnerable: los feos y las feas, gruesa franja de la población que a lo largo de la historia ha brindado aportes fundamentales no solo al país sino a la humanidad toda, y que como recompensa solo obtiene diarias expresiones de intolerancia y chalequeo. Para erradicar tan excluyente situación, transcribo en las líneas que siguen el boceto de lo que sería la Ley Orgánica contra la Discriminación Facial, cuyo análisis por parte de la Asamblea Nacional amerita ser iniciado urgentemente si de verdad se aspira a un mundo más justo e igualitario.
Artículo 1: A partir de la publicación en Gaceta Oficial de la presente Ley, se crea el Instituto Nacional contra de Discriminación Facial, el cual contará con carácter ministerial y entre cuyas atribuciones destaca la penalización de cirugías estéticas, inyecciones de botox y demás tratamientos destinados a disminuir la condición de fealdad, que no es ninguna plaga ni algún tipo de viruela.
Artículo 2: Será condenado de a uno (1) a dos (2) años de prisión quien se dirija a los compatriotas menos apuestos con términos como “cara´e pizza” o “flaca vitola”. A su vez, han de incorporarse a las conversaciones los dichos “La fealdad se lleva por dentro”, “La imperfección está en los ojos de quien ve” y “Billete mata feo”.
Artículo 3: Se establece la modificación del punto de vista en los cuentos infantiles de modo que sea la Bestia quien se haga el interesante frente al asedio romántico de la Bella; a la vez que a partir de ahora se narrará que el cisne nació hermoso pero cuando creció se produjo el ansiado milagro que lo transformó en patito feo.
Artículo 4: Los ciudadanos y las ciudadanas menos esbeltos tendrán asegurada una cuota de participación en el Miss Venezuela, el Mister Venezuela y demás certámenes de este tipo celebrados en el territorio nacional; y no solo eso, sino que como mínimo dos (2) de dichos concursantes deberán ser elegidos para el cuadro finalista, y de manera obligatoria cada tres (3) años un feo o una fea será merecedor de la bufanda o la corona.
Artículo 5: Todo individuo poco agraciado queda exento de la agotadora tarea de plantear conversaciones interesantes y/o un extraordinario sentido del humor para compensar su estrabismo o acné.
Artículo 6: Se acuerda acuñar en las monedas de mayor denominación el rostro de Lady Gaga.
Artículo 7: En cada centro de esparcimiento que cuente entre sus instalaciones con una pista de baile, se aplicará el 1x1 dancístico según el cual por cada pieza que un caballero baile con una bonita, ha de invitar a una fea.
Artículo 8: En los sitios de trabajo el jefe baboso no solo piropeará a las empleadas despampanantes, sino que ha de ofrecer asiduos elogios al personal desprovisto de atributos físicos primorosos, y en ningún caso tales halagos versarán en torno al dominio de la mecanografía. De igual forma, serán penalizados con cien unidades tributarias (100 U.T.) los individuos que ofrezcan su asiento en camioneticas, el Metro o cualquier otro transporte público, solo a mamis y no a aquellas pasajeras poco favorecidas por la Madre Naturaleza.
Artículo 9: Se establece el 22 de Septiembre como Día Nacional de la Plurifacialidad, en homenaje al nacimiento del ilustre Pepeto, quedando instituida tal fecha como Día Feriado so pena de las acciones penales a que hubiere lugar conforme a la presente Ley.

Ilustración: Irene Pizzolante
irenepizzolante@gmail.com
http://irenepizzolante.com

2 comentarios:

Anónimo dijo...

jjjajjjajjajajajjaaaa... me hiciste mear de risa, cástor...

Yudith Valles de Perez dijo...

Hola Castor, asi que Pepeto cumple el 22 de Setiembre, buen dato! Hay muchos mas feos que el,... mejor lo dejamos asi...LOL...