Contrato conyugal
Muchos odian su
trabajo. Y su matrimonio. Pero si pudiéramos fusionar ambas angustias en una
misma modalidad, quizá surgiría una experiencia gratificante. Recuerdo un
artículo del colega y alto pana Rafael Jiménez Moreno sobre una propuesta de la
política alemana Gabriele Pauli quien hace algunos años abogó en su país para que
el matrimonio fuese un contrato con fecha de vencimiento a los siete (7) años
de firmado; transcurrido ese tiempo, las partes negociadoras, es decir, marido
y mujer, se sentarían alrededor de una mesa bien sea para renovar los votos o -como
sospecho que ya muchos están pensando- bajar definitivamente la santamaría conyugal.
A algunos les parecerá extrema esta iniciativa; yo opino más bien que se queda
corta en sus posibilidades.
Ciertos ritos de
pareja, tales como empiernarse con un compañero/a de cubículo o poner cara de
cañón cuando éste llega tarde, son asiduos en casi todas las oficinas; lo que
sí está en mora son las costumbres laborales aplicadas al ámbito nupcial, cuando
sería una excelente alternativa instituir acá, por poner un caso, la figura del
asueto vacacional: por espacio de aproximadamente veinte (20) días hábiles, el lazo
conyugal quedaría suspendido para que los temporales exesposos revivan sin
ataduras los dulzores de la soltería.
No es una idea
arbitraria. Las vacaciones tienen como propósito brindarle al trabajador un
periodo de descanso para que regrese con renovadas energías a la faena, de lo
que se concluye que, tras el asueto matrimonial, los cónyuges volverían
reanimados a seguir echándole pichón a su alianza, cargados de fotos, suvenires
e interesantes anécdotas a compartir sobre el sofá de la sala ¡Es más!, si la
cosa funciona, el lazo marital podría ser enriquecido con el disfrute de fines
de semana libres, feriados, Carnaval y Semana Santa. Con Ley Orgánica del
Trabajo en mano, paso a nombrar algunos otros beneficios labores posibles de ser
incorporados al acta de matrimonio:
- Las labores
domésticas no podrán exceder de las 3 horas diarias, a partir del momento en
que la esposa fríe la primera empanada matutina, hasta que recoge del piso del
baño el último interior del marido. También, aquella disfrutará de un lapso de
4 horas diarias destinadas a la actividad cultural basada en la contemplación
del bloque dramático de telenovelas vespertinas.
- Las picaduras de
aguamalas cuando se camina en la playa tomados de las manos o patinazos producidos
en la sala sanitaria durante una romántica ducha compartida, serán calificados como
accidentes laborales.
- La esposa disfrutará
de derecho a huelga en caso de que su contraparte se presente a altas horas de
la noche con tufo a caña.
- A los 15 años de
antigüedad y/o tras cumplir los 40 de edad, la esposa podrá acceder a su
jubilación y debida pensión, luego de lo cual no estará obligada a sancochar ni
un solo huevo o fregar un plato.
- Si el marido insiste e
insiste en retozar con su mujer pero ella se niega alegando el padecimiento de
una jaqueca, aquel podrá ser acusado de acoso sexual.
- Si la esposa insiste e
insiste en el padecimiento de jaquecas, el marido podrá apelar a la modalidad
del outsourcing o tercerización de arrumacos y caricias sobre el lecho.
3 comentarios:
Ja ja.. eso ya lo tienen!!
gracias por hacerme sonreir
Me gusta tu post y me lo estoy fumando de a poquito, pero no me ha gustado este artículo, es un tanto machista e injusto con las amas de casa, con perdón a tus posibles intenciones y lo gracioso que es lo escrito.
Publicar un comentario